viernes, 4 de abril de 2014

Solicitudes PAC´14

El plazo de presentación de la solicitud unificada 2014 se inició el 17 de febrero y finalizará el día 15 de mayo, según establece la Orden. No obstante, se admitirán solicitudes de ayudas hasta 25 días naturales siguientes a la fecha de finalización del plazo establecido, en cuyo caso y a excepción de los casos de fuerza mayor y circunstancias excepcionales, los importes se reducirán un 1 por ciento por cada día hábil en que se sobrepase dicha fecha.  A excepción, de la presentación de una solicitud de asignación de derechos de pago o, en su caso, aumento del número de estos que dará lugar a una reducción del 3 por ciento por día hábil de los importes que deban pagarse ese año al agricultor en virtud de los derechos de pago que se le asignen. Si el retraso es superior a 25 días naturales, la solicitud se considerará inadmisible. En caso de fuerza mayor o circunstancias excepcionales, deberán aportarse pruebas fehacientes de la misma en el plazo máximo de 10 días hábiles a partir del momento en que el titular de la explotación esté en condiciones de realizar la notificación. El plazo de presentación de solicitudes de derechos a la reserva nacional, finalizará junto con el plazo de presentación de la solicitud unificada.
La presente Orden tiene por objeto aprobar el modelo de la solicitud unificada de los siguientes regímenes de ayudas: Orden de 10/02/2014, de la Consejería de Agricultura, por la que se establecen disposiciones de aplicación y se convocan las ayudas al Régimen de Pago Único y otras ayudas directas a la agricultura y a la ganadería en el año 2014. Así como la resolución de 10/02/2014, de la Dirección General de Infraestructuras y Desarrollo Rural, por la que se realiza la convocatoria en 2014, para renovar los compromisos de las ayudas en materia de medidas agroambientales en el marco de los programas de desarrollo rural 2000-2006 y 2007-2013 en Andalucía. La Orden de 15/05/2008, de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se regulan las ayudas para fomentar la primera forestación de tierras agrícolas. Los titulares de explotaciones agrarias que presenten solicitud de ayuda por uno o varios de los apartados, deberán hacerlo en una única solicitud, en adelante solicitud unificada. La solicitud deberá ser firmada por el titular de la explotación o por la persona debidamente autorizada por él.